10/08/2026
ESCUELA SECUNDARIA N.º 19 “GRALA. J. AZURDUY” – CONCORDIA
PRIMER LLAMADO
La Rectoría de la Escuela Secundaria N.º 19 “Grala. J. Azurduy”, CUE 3002627, convoca a primer llamado a concurso para la cobertura de cargos iniciales y horas cátedra, en el marco del Acuerdo Paritario/Reglamento de Concursos, Resolución Ministerial N.º 783/12 M.T. y sus modificatorias, Resolución N.º 2300/22 CGE, artículo 136.
El acto concursal se llevará a cabo el día martes 11 de agosto de 2026, conforme al siguiente detalle:
14:30 h
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
● 2 horas de Educación Tecnológica – 1.º Año, División “A” – C.B.C. – Suplente – Turno Mañana.
Horario: Lunes de 07:20 a 08:40 h.
● 4 horas de Educación Tecnológica – 3.º Año, División “A” – C.B.C. – Suplente – Turno Mañana.
Horarios: Lunes de 08:50 a 10:10 h. y jueves de 10:20 a 11:40 h.
● 4 horas de Educación Tecnológica – 3.º Año, División “B” – C.B.C. – Suplente – Turno Mañana.
Horarios: Martes de 10:20 a 11:40 h. y jueves de 08:50 a 10:10 h.
● 4 horas de Educación Tecnológica – 2.º Año, División “C” – C.B.C. – Suplente – Turno Mañana.
Horarios: Miércoles de 10:20 a 11:40 h. y viernes de 11:45 a 13:00 h.
15:00 h
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
● 2 horas de Tecnologías de la Información y Comunicación – 5.º Año, División “A” – C.O. – Suplente – Turno Tarde.
Horario: Martes de 13:20 a 14:00 h.
Los aspirantes deberán presentarse en el establecimiento escolar, sito en calle Moulins N.º 1790 de la ciudad de Concordia, con la siguiente documentación:
– Credencial de Puntaje vigente, impresa (Resolución N.º 3735/25 CGE y Circular N.º 02/26 JC).
– Formulario Unificado (FU).
– Fotocopia de DNI y original.
– Constancia de antigüedad de SAGE.
– Constancia de Personal Perteneciente al Establecimiento, si correspondiera.
Quienes participen sin Credencial de Puntaje deberán presentar título o constancia de título registrado en la Dirección de Recursos Humanos del CGE y la solicitud de Credencial de Puntaje, acompañada de nota dirigida a la Rectora, Profesora Vanina Siarra, para la Reserva de Derecho.
En caso de ser representados, deberán ajustarse a los lineamientos establecidos en el artículo 135 de la Resolución N.º 2300/22 CGE.