CGE

11/02/2026

DPTAL. PNÁ. – 1° LLAMADO – Escuela Secundaria N°67 “Tabaré” (CUE: 300-2620) – LOCALIDAD: PARANÁ-

Solicitud de publicación n°01

Fecha del pedido 11/02/2026


La Rectoría de la Escuela Secundaria N° 67 ”Tabaré”, de la localidad de Paraná, convoca a concurso según el acuerdo paritario 783/12 MT. Y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE Circular 05/24 JC, a las siguientes horas cátedras: para el día miércoles 18/02/2026, según el siguiente detalle:

  • A las 8:00 hs: 1er. Llamado 

N° de plaza 376954 (3hs) – LENGUA EXTRANJERA INGLES – 6° año “A” C.O – Turno Mañana – STF – Horarios: lunes de 07,25hs a 08,05hs y miércoles de 08,55hs a 10,15hs.

N° de plaza 264408 (3hs) – LENGUA EXTRANJERA INGLES – 5° año “A” C.O – Turno Mañana – STF – Horarios: lunes de 10,25hs a 11,45hs y miércoles de 08,05hs a 08,45hs.

N° de plaza 264395/354540 (3hs) – LENGUA EXTRANJERA INGLÉS – 4° año “A” C.O – Turno Mañana – STF – Horarios: lunes de 08,05hs a 08,45hs y miércoles de 10,25hs a 11,45hs.

N° de plaza 264016/354464/354466 (3hs) – LENGUA EXTRANJERA INGLES – 3° año “A” C.O – Turno Mañana – STF – Horarios: lunes de 08,55hs a 10,15hs y miércoles de 07,25hs a 08,05hs.

Lo/as interesados deberán presentarse en la sede del Establecimiento, situado en calle Av de las Américas 5496 de la localidad de Paraná, munidos de la siguiente documentación (todo por duplicado):
  • Credencial de puntaje vigente impresa – Art 135° AP 783/12 MT (Resol. 2300/22 CGE)

En todos los casos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I y original
  • Constancia de antigüedad de sage
  • Constancia de personal del establecimiento (si correspondiera)

OBSERVACIÓN: En caso de no contar con constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.

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