CGE

05/12/2025

DPTAL. PNÁ. – LLAMADO A CONCURSO HORAS CÁTEDRAS – ESC. SEC. N° 05 “BRIG. GRAL. A. M. ZULOAGA” (CUE: 300-2009) – LOCALIDAD: SAN BENITO-

Pedido de Publicación N° 47

Fecha: 05/12/2025

Convocatoria a horas cátedras/ cargos: Resol.2300/22 CGE-Art.136


La Rectoría de la Escuela Secundaria N° 5 “Brig Gral. Ángel M. Zuloaga”, de la localidad de San Benito convoca a concurso según el acuerdo paritario 783/12 MT, y modificatorias Res. 2300/22 CGE y Circular 05/24 JC, a las siguientes horas cátedras para el día Martes 09 de diciembre, según el siguiente detalle:

  • A las 19:00 hs- 1º llamado.

N° de Plaza SAGE- 618979- 549482- 4 hs. Economía en 1º año “A”- Turno Noche- STF. Horarios: Miércoles de 19:00 hs a 20:10 hs y Viernes de 19:00 hs  a 20:10 hs.

N° de Plaza SAGE- 549496 – 2 hs. Principios Básicos de Contabilidad en 2º año “A” – Turno Noche – STF. Horarios:  Miércoles de 20:15 hs a 21:25 hs. 

N° de Plaza SAGE- 549495 – 2 hs Teoría y Gestión de la Organización I en 2° año “A”- Turno Noche- STF. Horarios: Viernes de 20:15 hs a 21:25 hs.

N° de Plaza SAGE- 549510 – 2 hs Legislación Laboral y Práctica Impositiva en 3° año “A”- Turno Noche- STF. Horarios: Viernes de 21:30 hs a 22:40 hs.

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en Av. Friuli 1152 de la localidad de San Benito, munidos de la siguiente documentación:
  • Credencial de puntaje vigente- Art 135° AP 783/12 MT (Resol 2300/22 CGE)

En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE: http:/www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I. (y original)
  • Constancia de antigüedad de SAGE
  • Constancia de personal de la Institución (si correspondiera)

Observación:

En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.

Se tendrá en cuenta el Art. 140° de la Res. N° 2300/22 CGE priorizando la continuidad pedagógica a los docentes que se desempeñaron en la suplencia anterior, del presente año.

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