15/11/2024
Solicitud de publicación N°: 36
Fecha de pedido: 14/11/2024
Convocatoria a horas cátedras: Resol. 2300/22 CGE – Art. 136°
La rectoría de la Escuela Secundaria N° 47 “Eduardo y Federico Hasenkamp” de la localidad de Hasenkamp, convoca a concurso según Acuerdo Paritario 783/12 M.T. y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE, Circular 05/24 JC, a las siguientes horas cátedras para el día martes 19 de noviembre del corriente, según el siguiente detalle:
N° de plaza: 809660. 03 hs. Educación física. 4to. “C”. Suplente. TM. Lunes y jueves de 9:30 a 10:30 hs.
N° de plaza: 809695. 03 hs. Educación física. 3ero. “B”. Suplente. TT. Lunes y jueves de 14:00 a 15:00 hs.
N° de plaza: 241371. 03 hs. Educación física. 1ero. “A”. Suplente. TT. Lunes y jueves de 15:00 a 16:00 hs.
N° de plaza: 784336. 03 hs. Educación física. 3ero. “C”. Suplente. TT. Lunes y jueves de 16:00 a 17:00 hs.
N° de plaza: 241416 y 345554. 03 hs. Historia. 2do. “B”. Suplente. TM. Viernes de 10:15 a 11:35 hs. Y de 11:40 a 12:20 hs.
N° de plaza: 241460 y 345559. 03 hs. Historia. 5to. “A”. Suplente. TT. Lunes de 13:00 a 14:20 hs. Y de 14:25 a 15:05 hs.
N° de plaza: 603942. 02 hs. Historia. 5to. “B” Lunes de 15:05 a 15:45 hs. Y de 16:00 a 16:40 hs.
N° de plaza: 241370 y 299329. 02 hs. Formación Ética y Ciudadana. 1ero. “A”. Suplente. TM. Jueves de 8:45 a 10:05 hs.
N° de plaza: 241384 y 299332. 02 hs. Formación Ética y Ciudadana. 1ero. “B”. Suplente. TM. Jueves de 7:20 a 8:40 hs.
N° de plaza: 241398. 02 hs. Formación Ética y Ciudadana. 2do. “A”. Suplente. TM. Viernes de 8:45 a 10:05 hs.
N° de plaza: 241442 y 299348. 02 hs. Formación Ética y Ciudadana. 4to. “A”. Suplente. TT. Lunes de 16:40 a 17:20 hs. Y de 17:25 a 18:05 hs.
N° de plaza: 241455. 02 hs. Formación Ética y Ciudadana. 5to. “A”. Suplente. TT. Viernes de 13:00 a 14:20 hs.
Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en calle Presidente Perón N° 763 de la localidad de Hasenkamp, muñidos de la siguiente documentación (todo por duplicado):
Observación: en caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.
En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.