CGE

31/10/2024

LLAMADO A CONCURSO NIVEL SECUNDARIO ESC. SEC. 4 GRAL. RAMIREZ – DIAMANTE

SEGUNDA CONVOCATORIA A CONCURSO: CARGO DE CONDUCCIÓN DIRECTIVA

La Rectoría de la Escuela Secundaria Nº 4 “Francisco Ramírez”, ubicada en calle 29 de Septiembre 110 de la ciudad de General Ramírez, convoca a concurso de adjudicación de Cargo de Conducción Directiva en el marco del Acuerdo Paritario Res. 783/12 MT y Modificatorias, Res. 2300/22 CGE (art.n°138) y Circular 05/24 JC.

El mismo se llevará a cabo en la institución el día  1° de noviembre  de 2024 a las 13.00 hs.

∙ Cargo de VICERRECTOR Secundaria Orientada, Esc. Sec. Nº 4 “Francisco Ramírez” de Primera Categoría. STF. Turno Rotativo (con toma inmediata).

Horarios: lunes, martes, miercoles y viernes de 13.30 a 18.35. Jueves de 7.30 a 13.10 hs.

PRIMERA INSTANCIA: 13:00 hs. Incisos “a” al “d”. Aspirantes con credencial de puntaje y sin credencial de puntaje. Competencia DOCENTE

SEGUNDA INSTANCIA: 13.10 hs. Incisos “e” al “h”. Aspirantes con credencial de puntaje. Competencia HABILITANTE y SUPLETORIO.

En caso de no presentarse aspirantes en las instancias anteriores se procederá a adjudicar por el ordenamiento siguiente:

TERCERA INSTANCIA: 13:20 hs. Por Art. 80 del Estatuto del Docente Entrerriano:

-Sin credencial de puntaje, título HABILITANTE exigible para el cargo inicial y/u horas cátedra. Por normativa de competencia específica.

-Sin credencial de puntaje, título SUPLETORIO exigible para el cargo inicial y/u horas cátedra. Por normativa de competencia específica.

Los interesados deberán presentarse en la institución ubicada en calle 29 de Septiembre 110 de la ciudad de General Ramírez según el horario e instancias detalladas. Deberán asistir con credencial de puntaje impresa, DNI, constancias de antigüedad y personal de la casa si correspondiere.

En caso de no poseer credencial de puntaje deberá presentar título o constancia de título en trámite legalizado y registrado en la Dirección de Recursos Humanos del CGE. Si no puede concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien deberá presentar DNI y el poder que lo avale junto a la documentación solicitada. (Art. 135 Res. 2300/22 CGE).

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