CGE

23/07/2024

Dptal. Pná. 1° Llamado a Concurso Horas Cátedras Escuela (Nivel Secundario- Bachiller con orientación en Economía y Administración) Escuela Secundaria N°68 “Puerto Víboras” (CUE: 3002611) – Localidad: Puerto Víboras.

Solicitud de Publicación: N°17

Fecha del pedido: 23/07/2024

Convocatoria a Horas Cátedras: Resol. 2300/22 CGE – Art. 136 0


La Rectoría de la Escuela Secundaria N°68 “Puerto Víboras” CUE: 3002611 Bachiller con Orientación en Economía y Administración – Localidad: Puerto Víboras, convoca a concurso según Acuerdo Paritario 783/12 M.T. y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE Circular 05/24 JC, a las siguientes horas cátedras: para el día miércoles 24 de julio del corriente año, según el siguiente detalle:

  • A las 11.15 h: Primer llamado

Plaza: 246430- 3 horas de Educación Física de 3° año. STF. Mañana. Horario: jueves de 12.30 a 13.10 hs y viernes 8.45 a 10.10 hs.

  • A las 11.30 h: Primer llamado

Plaza: 272590- 3 horas de Educación Física de 4° año. STF. Mañana. Horario: jueves de 11.50 a 12.30 hs y los viernes de 7.20 a 8.40 hs.

  • A las 11.45 hs: Primer llamado

Plaza: 272604-3 horas de Educación Física de 5° año. STF. Turno Mañana: jueves de 9.25 a 11.50 hs.

  • A las 12.00 hs: Primer llamado

Plaza:381336- 3 horas de educación Física de 6°año.STF.Turno Mañana: jueves de 7.20 a 9.25 hs.

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en calle Pública s/n de la Localidad de Puerto Víboras, munidos de la siguiente documentación:

  • Credencial de puntaje vigente impresa – Artículo 135 0 AP 783/12 MT (Res 012300/22 CGE)

En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I. (y original)
  • Constancia de antigüedad de SAGE
  • Constancia de personal de la institución (si correspondiera).

Observación:

En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente