CGE

23/05/2024

LLAMADO A CONCURSO N° 65- 2024 – Esc. Sec. y Sup. N°4 “Dr. Julio Ossola”

LLAMADO A CONCURSO N° 65- 2024 – Esc. Sec. y Sup. N°4 “Dr. Julio Ossola”

La secretaría de la Esc. Sec. y Sup. N°4 “Dr. Julio Ossola”, CUE 3001483, Departamento Tala.
convoca a concurso de adjudicación de horas cátedras /cargo (PRIMERA CONVOCATORIA),
como STF, en el marco del Acuerdo Paritario Resol. 783/12 M.T., Resolución Nº 1000 /13 C.G.E.
y Modificatorias – Res. 2300/22 C.G.E, RES. 5150/23CGE. Circular 20/23 JC. Circular 5/24 JC.
Espacio curricular/Cargo: Matemática
– 4HC de – Matemática 1ro. 2da. (ESJA) -STF- Turno Noche – Horario: lunes de 19:30hs. a
20:40hs. y viernes de 19:30hs. a 20:40hs.
– 5HC de – Matemática 2do. 4ta. (CBC) -STF- Turno Tarde – Horario: lunes de 13:15hs. a
14:35hs., jueves de 13:15hs. a 14:35hs. y viernes de 13:55hs. a 14:35hs.
– 5HC de – Matemática 3ro. 2da. (CBC) -STF- Turno Tarde – Horario: miércoles de 13:15hs. a
14:35hs., viernes de 13:15hs. a 13:55hs. y de 14:40hs. a 16:00hs.

Cobertura de suplencia: 24/05/2024 – 29/05/2024
Toma de posesión: 24/05/2024
El mismo se llevará a cabo el día viernes 24 de mayo de 2024 en la institución en Urquiza N°144,
en los siguientes horarios y grupos. –
A las 9:40 hs. Aspirante con credencial de puntaje y sin credencial de puntaje competencia
Docente. (Art. 136º Inc. a-d)
A las 9:45 hs. Aspirante con credencial de puntaje competencia Habilitante. (Art. 136º Inc. e-f)
A las 9:50 hs. Aspirante con Credencial de Puntaje competencia Supletoria. (Art. 136º g-h)
Los aspirantes deberán presentarse en el lugar y horario indicado con la documentación que se
detalla: DNI, CREDENCIAL DE PUNTAJE VIGENTE IMPRESA, Constancia de Personal
Perteneciente al Establecimiento y constancia de Antigüedad si correspondiera.
Quienes participen sin credencial de puntaje, deberán presentar título o constancia de Título
Registrado en la Dirección de Recursos Humanos CGE y la solicitud de Credencial de Puntaje
para la Reserva de Derecho.
En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien
deberá presentar el poder que lo avala y D.N.I junto a la documentación solicitada. (Art. 135º. Res.
2300/22 CGE).