CGE

23/05/2024

Dptal. Pná.- SEGUNDO LLAMADO A CONCURSO HORAS CÁTEDRAS- ESC. SEC. Nº28 “NTRA. SRA. DE GUADALUPE” (3001669)- PARANÁ

Solicitud de Publicación N°28

Fecha del pedido: 23/05/2024

Convocatoria a Horas Cátedras: Resol. 2300/22 CGE – Art. 136º


La Rectoría de la E. S. Nº28 “NRTA. SRA. DE GUADALUPE” de la localidad de Paraná, convoca a concurso según Acuerdo Paritario 783/12 M.T. y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 C.G.E., a las siguientes horas cátedras y/o cargo, para el día 24/05/2024 según el siguiente detalle:

  • A las 15ahs (2° llamado)

Plaza/s 550952 –  3 HORAS DE LENGUAS EXTRANJERAS INGLÉS – 1 E – TURNO TARDE – STF

Días y horarios: Jueves 14:40 a 15:20hs. Viernes 13:10 a 13.50hs., 13:50 a 14:30hs.

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en República de Siria 2700, munidos de la siguiente documentación (todo por duplicado):

  • Credencial de puntaje vigente impresa. – Art. 135º AP 783/12 MT (Res.

2300/22 CGE) En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará

credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán

descargarse de la página Web de CGE: htto://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregas

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I. (y original)
  • Constancia de antigüedad de SAGE
  • Constancia de personal de la institución (si correspondiera).

Observación: En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos solicitados en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberán acreditar la antigüedad correspondiente.

                      Quienes participen sin credencial de puntaje (Incisos “c” y “d”) deben presentar Títulos o Constancia de Títulos Registrados en Dirección de Recursos Humanos C.G.E. y la constancia de solicitud de Credencial de Puntaje para la Reserva de Derecho.

En caso de no presentarse aspirantes con credencial de puntaje, se procederá a cubrir por Art 80. Agotada esta instancia, se procederá a cubrir por vías de la excepción según Art. 40 de la Constitución Provincial. De continuar desierto, se habilitará la instancia de presentación de proyectos según Art. 146 de la Res. 2300/22 CGE