CGE

05/04/2024

Dptal. Pná. – Llamado a Concurso – Escuela Secundaria Nº 44 “Enrique Berduc”- CUE 3002890 – Localidad: Paraná.

Solicitud de Publicación N° 18

Fecha de Pedido: 04/04/2024

 Convocatoria a Horas Cátedras: Resolución 2300/22 CGE – Art 136°


La Rectoría de la Escuela Secundaria Nº44 “Enrique Berduc” de la localidad de Paraná, convoca a concurso según Acuerdo Paritario 783/12 MT y sus modificatorias y Res. 2300/22 CGE Circular 05/24 JC, a los siguientes cargos: para el día Lunes 08 del corriente según el siguiente detalle:

 

A las 08:00 horas – 1° llamado – Con Toma Diferida para el 9 de Abril

  • 167058 – 1 Cargo de Maestro/a de 1° año “E” Ciclo Básico Común de la Educación Secundaria” – STF – Turno TARDE (de Lunes a Viernes 13:15 a 17:30)

 

A las 08:30 horas – 1° llamado – Con Toma Diferida para el 9 de Abril

  • 264169 – 335732– 03 hs. Biología 1° “B” Turno Mañana – STF (Miércoles 10:10 a 11:30 – Jueves 11:35 a 12:15)

 

A las 09:30 horas – 1° llamado

  • 264278 – 285762 – 285764 – 285766 – 04 hs. Educación Tecnológica – Turno Mañana – STF (Lunes 08:45 a 10:05 – Viernes 10:10 a 11:30)

 

  Los/las aspirantes deberán presentarse en la sede del establecimiento sito en calle en Don Bosco 749 (Complejo Escuela Hogar – a la derecha, sector trasero) de la Ciudad de Paraná, munidos de la siguiente documentación:

  • Credencial de puntaje vigente – A135° AP 783/12 (Resolución 2300/22 CGE)
  • En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la Página Web del CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/
  • Formulario Único,
  • Fotocopia de DNI (y original),
  • Constancia de antigüedad en SAGE
  • Constancia del personal de la institución (si correspondiera).


Observaciones: En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, está situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.