CGE

11/04/2024

Concurso Esc. Sec. N° 11 DDE La Paz

La Rectoría    de la Escuela Secundaria N° 11 “Tacuaras” CUE 300-2671  – Orientación En  Economía Y Administración-  ubicada   en Ruta Nacional Nº 12 km 627 Distrito Tacuaras, zona rural de la localidad de  La Paz, Entre Ríos llama a Concurso  de Adjudicación  de  un cargo/Horas de : 06hrs.  ORIENTADOR EDUCACIONAL CON ORIENTACIÓN PEDAGÓGICA, para el día lunes 15 de abril  a las 10.00hrs. en el marco del Acuerdo Paritario/Resolución Ministerial N°783/12 MT y sus modificatorias y Res. 2300/22 C.G.E (Artículo Nº 136) Resolución 5150/23 CGE. Circular N°05/2024 JC. LAS SIGUIENTES HORAS CÁTEDRA:

  • 06hrs. –  Orientador Educacional Con Orientación Pedagógica. S.T.F  Días y horarios a convenir según necesidades de la institución –(Resolución Nº 3827/23 C.G.E  )

 Tiempo de la suplencia: del 05-04-2024 hasta el 04-04-2025

Primera Instancia: Art. 136- Incisos a al d, a las 10:00 h

Segunda Instancia: Art 136- Incisos e al f, a las 10:10 h

Tercera Instancia: Art 136- Incisos g al h, a las 10:15h

Toma de posesión inmediata. Horarios inamovibles.

Los interesados deberán presentarse en el Establecimiento Educativo ubicado en Ruta Nacional N°12 Km 627 Distrito Tacuaras del Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, Argentina; el día Lunes 15 de abril  a las 10:00 hrs según el horario detallado y por agrupamientos (Instancias). Deberán presentar credencial de puntaje, D.N.I, y certificación correspondiente según art 152 (AP 783/12 Resol.2300/22 CGE)  en caso de no poseer credencial de puntaje, título o constancia de título en trámites legalizados y registrados en la dirección de Recursos Humanos del C.G.E, junto a las constancias de antigüedad y de personal de la casa en formato papel si así lo fuere y solicitud de credencial de puntaje en trámite para la reserva de Derecho.

Junto a las constancias de antigüedad donde se deberán acreditar 2 años de antigüedad continuos o discontinuos en la docencia certificados al 31/12/2022 según se estableció la fecha tope para antigüedad en Circular 04/2023 JC (el docente que no reúna dicho requisito será designado por el Artículo 80° del estatuto del docente entrerriano).En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien deberá presentar el poder que lo avala y D.N.I junto a la documentación solicitada (Art. 135. Res. 2300/22 C.G.

Observación: se recomienda concurrir con credencial impresa dada la nula o baja conectividad en la escuela (zona rural)