06/03/2024
LLAMADO A CONCURSO SUPERIOR N° 7 -2024 – Esc. Sec.y Superior N° 4 ¨Dr. Julio Ossola¨
La Secretaría de la Escuela Secundaria y Superior N° 4 ¨Dr. Julio
Ossola¨; llama a concurso según Resolución N° 2300/12 CGE, y
modificatoria N° 1471/16 CGE; Res 1500/22 CGE, Res. N° 4789/15 CGE,
Cap. II, Art. 38°; Circular 17/18 JC ratificada por Circular N° 7/19 de JC,
Circular N° 14/21 y 02/22 de J.C, Circular N° 17/18 JC, ratificada por
circular 7/19 JC, un SEGUNDO LLAMADO, por el término de TRES (3)
días hábiles, (Ley 7060/83 Art 19); para cubrir la/s siguiente/s hora/s
cátedra/s, con presentación de Carpeta de Antecedentes (Evalúa:
Consejo Evaluador Institucional)
Profesorado de educación Inicial
Práctica Docente III , 3 er año. Perfil Generalista 4 hs:
Profesor de/en: Pedagogía u homólogos. Ciencias de la Educación u
homólogos. Filosofía, Psicología y Pedagogía. Filosofía y Pedagogía. Filosofía,
Psicología y Ciencias de la Educación.. Sociología u homólogos. Filosofía u
homólogos. Psicología y Ciencias de la Educación. Pedagogía y Ciencias de la
educación. Filosofía y ciencias de la Educación. Psicología y Pedagogía.
Licenciaturas en el mismo campo del conocimiento de los títulos mencionados
anteriormente.
De acuerdo a la Res. 0836/17 CGE: Obligatoriedad del sello de registro de título (o tarjeta) en la copia
en la dirección de Recursos Humanos del CGE, visible en la copia presentada y la modificación
planteada en la Res. 258/24 CGE.
Los interesados deberán presentar currículum vitae y carpeta de antecedentes,
debidamente foliada y autenticada por autoridad educativa de cualquier nivel y
modalidades del sistema educativo que posea firma registrada en el Consejo General
de Educación), de lo contrario deberá refrendar una autoridad judicial (Juez de Paz), o
escribano público, de acuerdo a la Res. 111/18 J.C y Circular 14/21 JC, en la
Secretaría del establecimiento, Urquiza 144, Rosario del Tala, Entre Ríos, desde el
07 de marzo hasta el 13 de Marzo inclusive en el horario de 08 a 12 hs,
(Pudiendo presentarse en las 2 primeras Horas del día hábil siguiente, según
la Ley 7060).