CGE

01/03/2024

E.E.T Nº2 “Francisco Ramírez”

La Rectoría de la E.E.T Nº2 “Francisco Ramírez” CUE: 300 – 1275, de la ciudad de C.
Del Uruguay, Departamento Uruguay, convoca a Concurso de adjudicación de horas
cátedra (o cargo) en el marco del Acuerdo Paritario /Reglamento de Concursos Resolución
Ministerial Nº 783/12 M.T. y modificatorias – Resolución 2300/22 C.G.E.

Instancia de Convocatoria: PRIMER LLAMADO
Fecha del concurso: 04 de marzo de 2024.-
Nivel: Secundario
Modalidad: Educación Técnico Profesional
Lugar de concurso: A. Artusi 1072
Horario : 08:15 HS
Espacio/ Cargo: 01 Cargo MAESTRA DE PRIMER AÑO DE ESCUELA
SECUNDARIA, SUPLENTE (Hasta el 27/03/2024); 1° 2° C. Básico; lunes,
miércoles y viernes de 14:00 a 18:20 Hs, martes de 14:00 a 16:50 Hs y jueves de
15:30 a 16:50 Hs.-
Toma de posesión inmediata
Horario : 09:00 HS
Espacio/ Cargo: : 01 Cargo MAESTRA DE PRIMER AÑO DE ESCUELA
SECUNDARIA, SUPLENTE (Abierto); 1°1° C. Básico; lunes de 08:55 a 11:45 Hs,
martes de 07:25 a 11:45 Hs; miércoles y jueves de 07:25 a 11:05 hs y viernes de 08:55
a 11:05.-
Toma de posesión inmediata
Los aspirantes deberán presentarse en el establecimiento educativo ubicado en calle A. Artusi
N°1072 de la localidad de Concepción del Uruguay del Departamento Uruguay, Provincia de Entre
Ríos, Argentina; el día 04 de marzo en el horario detallado. Deberán presentarse con Credencial
de Puntaje Vigente (se sugiere impresa), DNI y (de corresponder) Constancia de Personal
Perteneciente al Establecimiento (en formato papel). Quienes participen sin Credencial de
puntaje deberán presentar Títulos o Constancia de Títulos Registrados en la Dirección de
Recursos Humanos CGE y solicitud de credencial de puntaje en trámite para la reserva de
Derecho. En caso de hacer uso de Reserva de Derecho deberá presentar la Solicitud de
Credencial de Puntaje o nota de reclamo realizado a Jurado de Concurso con sello de recepción
de la misma de fecha anterior a la convocatoria y nota afín a la Reserva de derecho.
En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero
interviniente quien deberá presentar el poder que lo avala y DNI junto a la documentación
solicitada en el Art. 135 Resolución 2300/22 CGE.