CGE

25/03/2024

Dptal. Pná – Llamado a Concurso Horas Cátedra – Escuela Secundaria N° 82 “Liga de los Pueblos Libres” (CUE 3003153) – Paraná

Solicitud de Publicación N° 14
Fecha: 25/03/2024
Convocatoria a Horas Cátedra: Resolución N° 2300/22 CGE – Artículo 136°


  • La Rectoría de la Escuela Secundaria N°82 “Liga de los Pueblos Libres” de la localidad de Paraná, convoca a concursos de Adjudicación de horas según Acuerdo Paritario 783/12 M.T y sus modificatorias y Resolución N° 2300/22 CGE, Circular 05/24 J.C,  a las siguientes horas cátedra: para el día  Martes 26 de marzo del corriente  según el siguiente detalle:

    A LAS 14:00 HS
    ⦁ PLAZA SAGE N°552293;588151 -03 hs– GEOGRAFÍA- 1°C – CBC- STF- Turno tarde- jueves 13:00hs-14:20 hs y 16:00 hs-16:40 hs.-
    ⦁ PLAZAS SAGE N°552394; 588551- 03 hs.- GEOGRAFÍA- 4°B- CO- STF- T.T- miercoles 13:00 hs- 13:40 hs ;16:40:hs- 17:20 hs y 17:25 hs- 18:00 hs
    ⦁ PLAZAS SAGE N°552436- 04 hs- GEOGRAFÍA- 6°A- CO- STF- T.T- jueves 17:25 hs- 18:00 hs y.viernes 16:00 hs-17:20 hs ;17:25 hs- 18:00 hs
    ⦁ PLAZAS SAGE N°740804- 04 hs- GEOGRAFÍA- 6°B- CO- STF- T.T. martes 15:10 hs- 15:45 hs ; miércoles 14:30 hs-15:45 hs ;y jueves 15:10 hs -15:45hs
    Los interesados deberán presentarse en la sede del establecimiento situado en calle en Ángel Vivanco N° 2400 de la localidad de Paraná, munidos de la siguiente documentación (todo por duplicado):
    Credencial de puntaje vigente. Art. 135° AP 783/12 MT (Res. N° 2300/22 CGE)
    En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE:
    http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase
    Formulario Unificado
                    Fotocopia de D.N.I. (y original)
                   Constancia de antigüedad de SAGE
                   Constancia de personal de la institución (si correspondiere)
                   Declaración jurada de incompatibilidad


Observación:
En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la

autoridad concursal.
En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152° de la Resolución N° 2300/22 CGE, deberá acreditar la

antigüedad.