CGE

19/03/2024

Dptal Pná –Llama a concurso Horas Cátedras- E.S.C N° 3 “Monseñor Dr. Abel Bazán y Bustos” (CUE 300-1872)- Localidad: Paraná.

Fecha de publicación N°15

Fecha del pedido:18/03/2024

Convocatoria a Horas Cátedra: Resol.2300/22 CGE-Art.138


La Rectoría de la Escuela Secundaria N° 3 “Mons. Dr. Abel Bazán y Bustos”, de la localidad de Paraná, convoca a concurso según Acuerdo Paritario 783/12 MT. Y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE, Circular 05/24 JC a las siguientes Horas Cátedras, para el día 22 de marzo del corriente según el siguiente detalle:

A las 10:00 hs – 1° llamado

  • PLAZA 309646 – 02 hs. MÚSICA (STF) en 3° A TT. Horarios: viernes de 14:45 a 16:00 hs
  • PLAZA 309747 – 02 hs. MÚSICA (STF) en 3° B TT. Horarios: lunes de 15:20 a 16:50 hs.
  • PLAZA 311371 – 02 hs. MÚSICA (STF) en 3° C TT. Horarios: miércoles de 14:45 a 16:00 hs.
  • PLAZA 297401 – 02 hs. MÚSICA (STF) en 4° A TT. Horarios: martes de 14:45 a 16:00 hs.
  • PLAZA 295031 – 02 hs. MÚSICA (STF) en 4° B TT. Horarios: jueves de 16:10 a 17:20 hs.

 

A las 10:30 hs – 1° llamado

  • PLAZA 309720/337968- 05 hs. LENGUA Y LITERATURA (STF) en 2° A TT. Horarios: lunes de 13:15 a 15:20 y miércoles de 13:50 a 15:20 hs.

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en calle Santos Vegas 1160 de la localidad de Paraná, munido de la siguiente documentación:

  • Credencial de puntaje vigente impresa – Art 135° AP 783/12 MT (Resol. 2300/22 CGE). En todos los casos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/
  • Formulario Unificado
  • D.N.I original
  • Constancia de antigüedad de sage.
  • Constancia de personal del establecimiento (si correspondiera)

 


OBSERVACIÓN:En caso de no contar con constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.