CGE

05/03/2024

DPTAL. PNÁ. – 1º LLAMADO A CONCURSO HORAS CÁTEDRAS – ESJA N° 79 “ALBERTO GERCHUNOFF” – CUE: 300-3054 – LOCALIDAD Paraná.

Solicitud de Publicación N°6

Fecha de solicitud: 04/03/2024     

Convocatoria a Horas Cátedras: Resol. 2300/22 CGE – Art. 136º        


La Rectoría de la E.S.J.A N° 79 “Alberto Gerchunoff” situada en Don Bosco 749 (Complejo Escuela Hogar), departamento Paraná, convoca a concurso, en el marco del acuerdo paritario según Resolución Ministerial N°783/12 M.T y circular N°8/21 J.C, a las siguientes horas cátedras; para el día 7 DE MARZO del corriente, según el siguiente detalle:

A las 18:30 hs- 1° llamado

N° de Plaza SAGE:632461 –  3 horas de BIOLOGÍA en 2° año “A”– Turno Noche- STF- lunes de 19:55 a 20:30 hs y viernes de 19:20 a 20:30 hs.

N° de Plaza SAGE: 808848 – 3 horas de BIOLOGÍA en 2° año “B” Turno Noche- STF- lunes de 18:00 a 19:05 hs y desde las 19:20 a 19:55 hs.

A las 19:00 hs- 1° llamado

N° de Plaza SAGE: 808842 – 2 horas de EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en 2° año “B” Turno Noche- STF-. Viernes de 20:30 a 22:00 hs.

N° de Plaza SAGE: 808855- 2 horas de TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN en 3° año “B”- Turno noche- STF- lunes de 20:30 a 22:00 hs.

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento, situado en calle Don Bosco 749 de la localidad de Paraná, munidos de la siguiente documentación (Todo por DUPLICADO):

  • Credencial de puntaje vigente IMPRESA– Artículo 135° AP 783/12 MT (Resol 2300/22 CGE) 

En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/

  • Formulario Unificado        
  • Fotocopia de D.N.I. (y original)        
  • Constancia de antigüedad de SAGE        
  • Constancia de personal de la institución (si correspondiera).  

      Observación: En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad.