CGE

04/03/2024

Dptal. Pná. – 1º Llamado a Concurso Horas Cátedra – ESJA Nº39 “Suboficial Guido A. Marizza” – CUE 300-1380 – Localidad Paraná

Solicitud de publicación Nº 04

Fecha del pedido 03/03/2024

Convocatoria a Horas Cátedras: Resol 2300/22 CGE – Art. 136°


La Rectoría de la ESJA Nº39 “Suboficial Guido A. Marizza” de la localidad de Paraná convoca a concurso, según Acuerdo Paritario 783/12 M.T. y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE Circular 05/24 JC, a las siguientes horas cátedras: para el día miércoles 06 de marzo del corrientecon toma de posesión inmediata según el siguiente detalle:

A las 19:15 hs. – 1º Llamado

  • Nº de plaza 804667 – 2 horas de Introducción a la Administración en 1º año A – STF – jueves de 19:00 hs. a 20:00 hs.

A las 19:45 hs. – 1º Llamado

  • Nº de plaza 804753 – 3 horas de Derecho Comercial en 3º año A – STF – jueves de 19:00 hs. a 20:40 hs.

A las 20:15 hs. – 1º Llamado

  • Nº de plaza 804752 – 4 horas de Sistemas de Información Contable en 3º año A – STF – lunes de 19:00 hs. a 19:30 hs, martes de 19:00 hs. a 20:00 hs. y jueves de 20:40 hs. a 21:10 hs.

A las 20:45 hs. – 1º Llamado

  • Nº de plaza 804716 – 2 horas de Teoría y Gestión de las Organizaciones I en 2º año B – STF – viernes de 21:20 hs a 22:20 hs.

 

Los/as interesados/as deberán presentarse en la sede del establecimiento situado en Avda. Almafuerte 1060 de la localidad de Paraná, munidos de la siguiente documentación:

  • Credencial de puntaje vigente, Art 135 AP 783/12 MT (Resol. 2300/22 CGE)
  • En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web del CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/
  • Formulario Unificado,
  • Fotocopia de DNI (y original)
  • Constancia de antigüedad en SAGE
  • Constancia de personal de la institución (si correspondiera).

 


Observación: En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.