Solicitud de publicación: 14

Fecha del pedido: 07/03/2024

Convocatoria a horas cátedras: Resol. 2300/22 CGE- Art. 136°.


La Rectoría de la Escuela Secundaria N° 37, “Manuel Belgrano” de la Localidad de “Paraná”, convoca a concurso según acuerdo paritario 783/12 M.T. y sus modificatorias, y Resolución 2300/22 CGE, Circular 05/24 JC, al siguiente cargo, para el día VIERNES 8 DE MARZO  del corriente según el siguiente detalle:

A las 17:00 Horas

N° de Plazas SAGE  – 388489– 2 hs de MÚSICA en 1° año  A- TT- SCV- los MARTES de 17:35 a 18:15 hs- 18:15 a 18:55 HS.

N° de Plazas SAGE – 809789– 2 hs de MÚSICA en 1° año  C- TM- SCV- los MIÉRCOLES de 11:50 a 12:30 hs- 12:30 a 13:10 HS.

N° de Plazas SAGE – 809790– 2 hs de MÚSICA en 1° año  D- TM- SCV- los JUEVES de 7:30 a 8:10 hs- 8:10 a 8:50 HS.

N° de Plazas SAGE  273397– 2 hs de MÚSICA en 3° año  D –TM- SCV- los LUNES de 9:00 a 9:40 hs- 9:40 a 10:20 HS.

N° de Plazas SAGE  265637 – 273387 – 2 hs de MÚSICA en 4° año  3RA DIV- TM- SCV- los JUEVES de 11:10 a 11:50 hs- 11:50 a 12:30 HS.

N° de Plazas SAGE-  265652  – 2 hs de MÚSICA en 4° año  4TA DIV –TM- SCV- los LUNES de 7:30 a 8:10 hs- 8:10 a 8:50 HS.

A las 17:20 Horas

N° de Plazas SAGE- 365375 – 403999 – 3 hs de FILOSOFIA en 6° año  4TA DIV- TM- STF- los MARTES de 10:30 a 11:10 hs- 11:10 a 11:50 – 11:50 a 12:30 HS  

Los docentes interesados deberán presentarse en el horario establecido en la sede del Establecimiento, sito en calle Artigas y Santos Domínguez de la ciudad de Paraná, munidos de la siguiente documentación:

  • Credencial de puntaje vigente impresa – Art 135° AP 783/12 MT (Resol. 2300/22 CGE)
  • En todos los casos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE:

http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I y original
  • Constancia de antigüedad de sage
  • Constancia de personal del establecimiento (si correspondiera)

OBSERVACIÓN: En caso de no contar con constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.