CGE

14/03/2024

DESCONVOCATORIA- Esc Sec. N°6 “M. J. Garcia”- Orientador Educacional con Orientación en Intervención Social y Comunitaria –

Planilla de convocatoria para la cobertura en

CONCURSO DE CARGOS DE INGRESO / HORAS CÁTEDRAS
DESCONVOCATORIA SEGUNDO LLAMADO A CONCURSO
La Rectoría de la Escuela Secundaria N° 6 Maestro Justo García CUE 300-0952,
ubicada en el Sexto Distrito del departamento de Gualeguay, provincia de Entre Ríos,
llama a Concurso de Adjudicación de las Horas Cátedra que a continuación se detallan,
para el día Miércoles 28 de febrero de 2024, a las 8.00 hs. en el marco del Acuerdo
Paritario/Resolución Ministerial N° 783/12 MT y sus modificatorias – Res.
2300/22 (Art. N° 136) y Circular 05/24 JC (Art. 125°) las siguientes horas cátedras:
– 2 HC Orientador Educacional con Orientación en Intervención Social y
Comunitaria – 2° Año A – C.B. – SCV – TM – Miércoles 7.30 a 8.50 hs.
– 2 HC Orientador Educacional con Orientación en Intervención Social y
Comunitaria – 3° Año A – C.B. – SCV – TM – Miércoles 9.00 a 10.20 hs.
Primera Instancia: Incisos “A” al “H”.
Segunda Instancia: En caso de no adjudicarse en primera instancia, se procederá por
Art. 80 del Estatuto Docente Entrerriano.
Toma de Posesión Diferida: 01/03/2024
Todos los interesados deberán presentarse en el establecimiento educativo (Esc. Sec. N°
6 M. J. García)  ubicado en el Sexto Distrito del departamento Gualeguay, provincia de
Entre Ríos, Argentina; el día 28 de Febrero a las 8.00 hs. Y deberán acreditar 2 años de
antigüedad continuos o discontinuos en la docencia.
La constancia de personal de la casa deberá retirarse con anterioridad por Secretaría del
establecimiento.
Deberán presentar credencial de puntaje digital e impresa y D.N.I. En caso de no poseer
credencial de puntaje, título o constancia de título en trámite registrados en la Dirección
de Recursos Humanos del C.G.E, junto a las constancias de antigüedad y de personal de
la casa en formato papel si así lo fuere y solicitud de credencial de puntaje en trámite
para la Reserva de Derecho.
En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero
quien además deberá presentar el poder que lo avala y D.N.I original junto a la
documentación solicitada (Art. 135. Res. 2300/22 CGE).