CGE

28/02/2024

Dptal. Pná – Llamado a Concurso Horas Cátedra – Escuela Secundaria N° 82 “Liga de los Pueblos Libres” (CUE 3003153) – Paraná

Solicitud de Publicación N° 05

Fecha: 28/02/2024

Convocatoria a Horas Cátedra: Resolución N° 2300/22 CGE – Artículo 136°


La Rectoría de la Escuela Secundaria N°82 “Liga de los Pueblos Libres” de la localidad de Paraná, convoca a concursos de Adjudicación de horas según Acuerdo Paritario 783/12 M.T y sus modificatorias y Resolución N° 2300/22 CGE, Circular 05/24 J.C,  a las siguientes horas cátedra: para el día lunes 5 de marzo del 2024 según el siguiente detalle:

 A las 15:00 horas – 1° Llamado

  •   Plazas 552287; 588100– 05hs- MATEMÁTICA – 1° C – CBC- Turno Tarde. STF.  martes  13:00hs – 14:20hs; miércoles 16:00hs- 17:20hs y jueves 17:25hs-18:05 hs.-

  •   Plazas552313, 588103- 05 HS- MATEMATICA– 2°B –CBC- Turno Tarde. STF- martes 14:30hs- 15:45hs; miércoles 14:30hs- 15:10hs y  jueves 13:00hs – 14.20hs

  • Plazas552326; 588117- 05 hs – MATEMATICA. 2°C-CBC- Turno tarde. STF.   Miércoles 13:00 HS- 14:20hs; jueves 15:10hs – 15:45 HS y 16:00 hs – 17:20hs

 

A las 15:30  – 1° llamado

  •       Plazas552330; 588108 – 04hs –EDUCACION TECNOLOGICA– 2° C- CBC- STF-  Turno Tarde. Martes 15:10hs-16:40hs y viernes 13:00hs -14:20hs
  • Plaza552356  y 588556 – 04 hs- EDUCACIÓN TECNOLÓGICA – 3° B  CBC. STF –  Turno Tarde- Lunes 16:00hs -17:20 hs – Martes 16:40 hs -17:20hs  y 17:25hs- 18:05hs.-

Los interesados deberán presentarse en la sede del establecimiento situado en calle en Ángel Vivanco N° 2400 de la localidad de Paraná, munidos de la siguiente documentación (todo por duplicado):

  • Credencial de puntaje vigente. Art. 135° AP 783/12 MT (Res. N° 2300/22 CGE)

En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la página Web de CGE:

http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase

  • Formulario Unificado
  • Fotocopia de D.N.I. (y original)
  • Constancia de antigüedad de SAGE
  •   Constancia de personal de la institución (si correspondiere)
  •  Declaración jurada de incompatibilidad

Observación:

En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, esta situación será verificada por la autoridad concursal.

En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152° de la Resolución N° 2300/22 CGE, deberá acreditar la antigüedad correspondiente.