SOLICITUD DE PUBLICACIÓN N° 04
FECHA: 28/02/2024
La Rectoría de la Escuela Secundaria de Adultos N°40 “General San Martín” de la localidad de Paraná, convoca a concurso, de adjudicación de horas de BIOLOGIA, HISTORIA, FORMACION ETICA Y CIUDADANA en el marco del Acuerdo Paritario Resol. 783/12 M.T. y sus modificatorias y Resolución 2300/22 CGE. El mismo se llevará a cabo en la institución el día VIERNES 1 de marzo de 2024.
A las 19:30 hs – 1° llamado.
- 3 hs de BIOLOGIA en 2 do. año “B” – STF – Horario: Martes de 19.00 a 19:35 y de 19:35 a 20:10 y Jueves de 20:10 a 20: 45.
- 2 hs de HISTORIA en 1 ero. A – STF – Horario: Lunes: 21:30 a 22:05 y de 22:05 a 22:40 hs.
- 2 hs de FORMACION ETICA Y CIUDADANA en 2 do. A – FT – Horario: Martes de 19.00 a 19:35 y de 19:35 a 20:10.
- 2 hs. de HISTORIA en 2 do. C – STF – Horario: Martes de 20:10 a 20:45 y de 20:55 a 21:30 hs.
- 1 hs. de HISTORIA en 3 er. A – STF – Horario: Lunes de 20:55 a 21:30 hs.
- 1 hs. de HISTORIA en 3 ero. B – STF – Horario: Jueves de 19:35 a 20:10 hs.
- 2 hs. de HISTORIA en 2 do. A – STF – Horario: Miércoles: 20:10 a 20:45 y de 20:55 a 21:30 hs.
- 2 hs de FORMACION ETICA Y CIUDADANA en 2do. B – STF – Horario: Miércoles de 21:30 a 22:05 y 22:05 a 22:40 hs.
- 2 hs. de HISTORIA en 2do. B – STF _ Horario: Miércoles: 19.00 a 19:35 y de 19:35 a 20:10 hs.
Los aspirantes deberán presentarse en el día y horario establecido, en la sede del establecimiento, sito en calle Bavio 285 de la Ciudad de Paraná, munidos de la siguiente documentación:
- Credencial de puntaje vigente – A135° AP 783/12 (Resolución 2300/22 CGE)
- En todos los concursos la autoridad a cargo solicitará credencial digital o impresa por el docente. Las credenciales deberán descargarse exclusivamente de la Página Web del CGE: http://www.entrerios.gov.ar/webpregase/pregase/
- Formulario Único
- Fotocopia de DNI (y original),
- Constancia de antigüedad en SAGE
- Constancia del personal de la institución (si correspondiera).
- Declaración Jurada de incompatibilidad
Observaciones: En caso de no contar con la constancia de personal de la casa en papel, está situación será verificada por la autoridad concursal.
En relación a los requisitos establecidos en el Art. 152 Resol. 2300/22 CGE deberá acreditar la antigüedad correspondiente.