CGE

01/12/2023

Concurso ISFD N° 715 DDE La Paz

CONVOCATORIA Nro. 30 PRIMER LLAMADO
Para año académico 2024

La Rectoría del Instituto Superior de Formación Docente “Rogelio Leites” de La Paz CONVOCA a Concurso por Resoluciones
2300/12 CGE, 1471/16 C.G.E., 1500/22 CGE, 836/17 CGE, 111/18 JC y Circulares 17/18 JC ,7/19 JC, 14/21 JC, 2/22 JC y por el
término de 05 días hábiles desde:01/12/2023 hasta:07/12/2023 en el horario de 20:00 a 22:00 Hs., para cubrir en carácter de
SUPLENTE TÉRMINO FIJO las siguientes unidades curriculares CON PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y CARPETA DE
ANTECEDENTES según RES 4789/15 CGE , Disposiciones 01/16 D.E.S. , 07/16 D.E.S y Acta Acuerdo de la Comisión Interministerial
del 15 de Mayo de 2009.
1er. AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:
COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS
PROFESIONALIZANTES I – 12 HS- STF-

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario
Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

2do. AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:
COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS
PROFESIONALIZANTES II – 12 HS- STF-

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario
Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

3er. AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:
COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS
PROFESIONALIZANTES III – 12 HS- STF-

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario
Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

* Acta Acuerdo Comisión Interministerial 2009.
Términos de referencia:
-Desempeñarse o haberse desempeñado como instructor o docente de la carrera de Enfermería
-Desempeñarse o haberse desempeñado como enfermero en instituciones de Salud del ámbito provincial o nacional.
-Poseer título del campo de la salud inscripto en el Consejo General de Educación.
Funciones del Coordinador de Prácticas Profesionalizantes (Res. 4789/15 CGE art. 37 y art. 38)
Artículo 37°.- Coordinación del campo de la formación en la práctica profesional/ Coordinación de las prácticas profesionalizantes. Es la unidad
responsable de articular y coordinar las acciones del equipo docente de la/s carrera/s y la construcción de vinculaciones con las escuelas asociadas,
instituciones y los sectores socio productivos del territorio del instituto, con vistas a la trayectoria formativa de los estudiantes.
Artículo 38°.- Son responsabilidades de la coordinación, además de las planteadas en la Resolución Nº 3266/11 CGE, las siguientes:
1.a) Asegurar el cumplimiento de la política educativa vigente, mediante la implementación de una propuesta académica de calidad.
2.b) Propiciar, divulgar y defender los valores de una sociedad democrática, basada en la defensa irrestricta de los Derechos Humanos.
3.c) Proponer a la Secretaría Académica los criterios para la organización del trabajo del campo de las prácticas en general y de las unidades
curriculares en particular.
4.d) Desarrollar encuentros sistemáticos, concertados con la Secretaría Académica, el Equipo Directivo y los profesores del trayecto de las Prácticas,
para la construcción de acuerdos y/o evaluación de los avances de los proyectos convenidos, con los Equipos de Supervisión de los niveles inicial,
primario y secundario, directivos y docentes de las escuelas asociadas y/o representantes de organizaciones vinculadas al Instituto.
5.e) Favorecer la aproximación progresiva al campo ocupacional hacia el cual se orienta la formación, facilitando a los estudiantes, instancias,
situaciones, problemáticas que permitan la identificación del objeto de la práctica profesional y la del conjunto de procesos tecnológicos, científicos,
culturales, sociales, jurídicos, que se vinculan con las distintas situaciones socioculturales y productivas que se relacionan con un posible desempeño
profesional.
6.f) Promover la construcción de acuerdos con los docentes a cargo de las distintas unidades curriculares que componen el campo y/o trayecto de la
formación en la práctica profesional en torno a los modos de intervención y criterios de evaluación de los estudiantes.
7.g) Cumplir la carga horaria según la normativa vigente, en la institución garantizando tiempos y espacios de consulta de colegas y estudiantes y en
otros ámbitos para la atención de las responsabilidades que le competen.
Se debe presentar una Carpeta conteniendo:
 Currículum Títulos 1 y Antecedentes académicos y profesionales actualizados a la fecha( Fotocopias autenticadas y enumeradas)
1 Res 0836/17 CGE: Obligatoriedad del sello de registro de título (o tarjeta) en la copia en la Dirección de Recursos Humanos del CGE, visible en la copia
presentada.
 Legajo completo de SAGE (se obtiene en opción L.U.P.- SH Servicios de SAGE). Los directivos de todos los niveles están
habilitados para otorgar dicho legajo.
 Formulario de inscripción 2300 disponible en https://ifdclp-ers.infd.edu.ar/sitio/documentacion/
 Bases del proyecto disponible en https://ifdclp-ers.infd.edu.ar/sitio/secretaria-academica/

La recepción de carpetas se realiza de 20:00 a 22:00 de acuerdo al orden de llegada.

Informes e Inscripciones: Echagüe y Berutti (Sede Institucional)