Todo en formato papel.
En caso de representación, además de la documentación que detalla el
art. 135, se puntualiza que la nota deberá detallar expresamente el
compromiso de realizar la toma de posesión efectiva de aquellos que le
sean adjudicados.En los casos de adjudicación, en el kiosco de la institución, consta la
copia a ser completada por duplicado que formará parte de la
documentación a entregar.
El personal de la casa queda debidamente notificado