CGE

01/08/2023

Escuela de Educación Técnica Nº 79 “Dr. José B. Zubiaur”

E.E.T. N°79 “Dr José B. Zubiaur”
Llamado a concurso N° 30/2023
La Rectoría de la Escuela de Educación Técnica Nº 79 “Dr. José B. Zubiaur” de la ciudad de
Basavilbaso, Departamento Uruguay convoca a Concurso de Adjudicación en el marco del Acuerdo
Paritario/Reglamento de Concursos – Resolución Ministerial Nº 783 M.T. y modificatorias (Res.
2300/22 CGE). El mismo se llevará a cabo el día viernes 4 de agosto 2023 en el edificio escolar sito
en Suipacha Nº 650 en el siguiente horario:
Instancia de convocatoria: Tercera
Horario: 15:00 horas
Espacio/cargo: 1 cargo de Jefe de Sección Suplente (24 horas cátedras) de E.E.T. N°79 “Dr. José B.
Zubiaur” Especialidad: electromecánica. Turno: Rotativo.
Horarios:
Lunes: 09:10 a 09:50; 09: 50 a 10:30 – 10:45 a 11:25 y de 11:25 a 12:05 hs.
Lunes: 19:00 a 19:40; 19:40 a 20:20; 20:20 a 21:00; 21:00 a 21:40; 21:40 a 22:20 y 22:20 a 23:00 hs.
Miércoles: 14:30 a 15:10; 15:10 a 15:50 y de 16:00 a 16:40; 16:40 a 17:20 hs.
Miércoles: 19:00 a 19:40; 19:40 a 20:20; 20:20 a 21:00, 21:00 a 21:40, 21:40 a 22:20 y 22:20 a 23:00
hs.
Viernes: 13:00 a 13:40; 13:40 a 14:20 y de 14:20 a 15:10; 15.10 a 15.50 hs.
.

Los aspirantes deberán presentarse en el lugar y horario indicado con Credencial de Puntaje, DNI y (de
corresponder) Constancia de Personal Perteneciente al Establecimiento en formato papel. Quienes
participen sin Credencial de puntaje (inc. c y d) deberán presentar títulos o Constancia de Títulos
Registrados en la Dirección de Recursos Humanos CGE. En caso de Reserva de Derecho deberá
presentar nota junto a Solicitud de Credencial de Puntaje o nota de reclamo realizado a Jurado de
Concurso con sello de recepción de la misma de fecha anterior a la convocatoria. En caso de no poder
concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien deberá presentar un poder que
lo avale y DNI junto a documentación solicitada (Res 2300/22 CGE Art 135).
Agotadas las instancias se procederá a adjudicar por Art. 80 del Estatuto del Docente Entrerriano, de
continuar desierto se procederá a adjudicar por Art. 40 de la Constitución de Entre Ríos, de no
adjudicarse se recepcionarán proyectos curriculares a idóneos.