CGE

28/07/2023

Concurso Esc. Sec. N° 22 DDE La Paz

La Rectoría de la Escuela Secundaria Nº 22 “Infanta Mendocina” de la Localidad de Sir Leonard, Departamento La Paz, Modalidad: Secundaria Orientada – Bachiller con Orientación en Ciencias Naturales – (Resolución Nº 3322/10 y Resol. Nº 3490/10 C.G.E.), convoca a Concurso (Segunda Convocatoria) de adjudicación de horas cátedras en el Marco Normativo del Acuerdo Paritario / Reglamento de Concursos Resolución Ministerial Nº 783/12 M.T., Resolución Nº 1000 / 2013 C.G.E. y sus modificatorias y Resolución Nº 2300/22 C.G.E. para cubrir en carácter de Suplente Término Fijo las horas cátedras que a continuación se detallan:

A saber:

2 Hs. – Espacio Curricular: FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA – 3º Año Ciclo Básico Común – División “A” – Turno: Mañana – Suplente Término Fijo.

Horarios de clases:

Viernes: 12:00 Hs. a 13:20 Hs.

Aclaración: Suplencia por 12 días.

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El procedimiento de adjudicación se efectuará el día LUNES; 31 de Julio de 2023 a la Hora: 10:00 teniendo en cuenta el Artículo 136º de la Resolución Nº 2300/22 donde se establece el Orden de Mérito Concursal.

Primera Instancia – Incisos: a) al h) – Credencial de Puntaje – Competencia según lo establecido.

Los aspirantes deberán presentarse en el Establecimiento Escolar, sito en Calle Pública 12 S/N, de la Localidad de Sir Leonard, Distrito Alcaraz Primero, Dpto. La Paz, Pcia. Entre Ríos con la Documentación correspondiente: Credencial de Puntaje, DNI y (de corresponder) Constancia de Personal Perteneciente al Establecimiento en formato papel.

Quienes participen sin Credencial de puntaje (inc. c y d) deberán presentar títulos o Constancia de Título en trámite registrados en la Dirección de Recursos Humanos del Consejo General de Educación y la Constancia de Solicitud de Credencial de Puntaje para la Reserva de Derecho correspondiente.

Aclaración: En el caso de no presentarse aspirantes con credencial de puntaje en la Instancia antes mencionada se procederá en este acto a cubrir las Horas concursadas por Artículo 80º del Estatuto del Docente Entrerriano teniendo en cuenta el órden de mérito que detalla la Resolución Nº 2300/22 CGE.

De continuar desierto se procederá al ofrecimiento de las Horas Cátedras mencionadas (por la via de excepción), teniendo en cuenta el Artículo 40º de la Constitución Provincial.