CGE

17/09/2022

Concurso ISFD La Paz

CONVOCATORIA Nro. 25- 2022 -PRIMER LLAMADO

La Rectoría del Instituto Superior de Formación Docente “Rogelio Leites” de La Paz CONVOCA a Concurso por Resolución 2300/12 CGE y su modificatoria Res. 1471/16 C.G.E., Res. 1500/22 CGE, Res. 836/17 CGE (sello registral para titulaciones), Res. 111/18 JC (presentación carpetas de antecedentes), Circular 17/18 JC ratificada por Circular 7/19 JC, Circular 14/21 JC, Circular 2/22 JC y por el término de 05 días hábiles desde 16/09/2022 hasta 22/09/2022 en el horario de 20:00 a 22:00 Hs., para cubrir en carácter de SUPLENTE TÉRMINO FIJO las siguientes unidades curriculares POR PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y CARPETA DE ANTE-CEDENTES según RES 4789/15 CGE , Disposiciones 01/16 D.E.S. , 07/16 D.E.S y Acta Acuerdo de la Comisión Interministerial del 15 de Mayo de 2009.

2do. AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:

COORDINACIÓN DE PRÁCTICAS

PROFESIONALIZANTES II 2do. B – 12 HS- STF-

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

* Acta Acuerdo Comisión Interministerial 2009.

Términos de referencia:

-Desempeñarse o haberse desempeñado como instructor o docente de la carrera de Enfermería

-Desempeñarse o haberse desempeñado como enfermero en instituciones de Salud del ámbito provincial o nacional.

-Poseer título del campo de la salud inscripto en el Consejo General de Educación.

Funciones del Coordinador de Prácticas Profesionalizantes (Res. 4789/15 CGE art. 37 y art. 38)

Artículo 37°.- Coordinación del campo de la formación en la práctica profesional/ Coordinación de las prácticas profesionalizantes. Es la unidad responsable de articular y coordinar las acciones del equipo docente de la/s carrera/s y la construcción de vinculaciones con las escuelas asociadas, instituciones y los sectores socio productivos del territorio del instituto, con vistas a la trayectoria formativa de los estudiantes.

Artículo 38°.- Son responsabilidades de la coordinación, además de las planteadas en la Resolución Nº 3266/11 CGE, las siguientes:

1.a) Asegurar el cumplimiento de la política educativa vigente, mediante la implementación de una propuesta académica de calidad.

2.b) Propiciar, divulgar y defender los valores de una sociedad democrática, basada en la defensa irrestricta de los Derechos Humanos.

3.c) Proponer a la Secretaría Académica los criterios para la organización del trabajo del campo de las prácticas en general y de las unidades curricu-lares en particular.

4.d) Desarrollar encuentros sistemáticos, concertados con la Secretaría Académica, el Equipo Directivo y los profesores del trayecto de las Prácticas, para la construcción de acuerdos y/o evaluación de los avances de los proyectos convenidos, con los Equipos de Supervisión de los niveles inicial, primario y secundario, directivos y docentes de las escuelas asociadas y/o representantes de organizaciones vinculadas al Instituto.

5.e) Favorecer la aproximación progresiva al campo ocupacional hacia el cual se orienta la formación, facilitando a los estudiantes, instancias, situa-ciones, problemáticas que permitan la identificación del objeto de la práctica profesional y la del conjunto de procesos tecnológicos, científicos, culturales, sociales, jurídicos, que se vinculan con las distintas situaciones socioculturales y productivas que se relacionan con un posible desempeño profesional.

6.f) Promover la construcción de acuerdos con los docentes a cargo de las distintas unidades curriculares que componen el campo y/o trayecto de la formación en la práctica profesional en torno a los modos de intervención y criterios de evaluación de los estudiantes.

7.g) Cumplir la carga horaria según la normativa vigente, en la institución garantizando tiempos y espacios de consulta de colegas y estudiantes y en otros ámbitos para la atención de las responsabilidades que le competen.

Se debe presentar una Carpeta conteniendo:

ü Currículum Títulos1 y Antecedentes académicos y profesionales actualizados a la fecha( Fotocopias autenticadas y enumeradas)

1 Res 0836/17 CGE: Obligatoriedad del sello de registro de título (o tarjeta) en la copia en la Dirección de Recursos Humanos del CGE, visible en la copia presen-tada.

ü Legajo completo de SAGE (se obtiene en opción L.U.P.- SH Servicios de SAGE). Los directivos de todos los niveles están habilitados para otorgar dicho legajo.

ü Formulario de inscripción 2300 disponible en https://ifdclp-ers.infd.edu.ar/sitio/documentacion/

ü Bases del proyecto disponible en https://ifdclp-ers.infd.edu.ar/sitio/secretaria-academica/

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La recepción de carpetas se realiza de 20:00 a 22:00 de acuerdo al orden de llegada. Las mismas deben estar completas para minimizar los tiempos de recepción cumpliendo con los protocolos vigentes.

Informes e Inscripciones: Echagüe y Berutti (Sede Institucional)

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