CGE

28/03/2022

Llamado a Concurso – Escuela de Educación Técnica y Superior Nº 1 de Nogoyá – NOGOYÁ –

La Escuela de Educación Técnica y Superior Nº 1 de Nogoyá llama a Concurso Docente de Nivel Superior, por Artículo 80º del Estatuto del Docente Entrerriano “Designación por Proyecto y Carpeta de Antecedentes” para cubrir horas cátedras STF de acuerdo a la reglamentación vigente:Resolución 2300/12 CGE y su modificatoria Resolución 1471/16 CGE, Resolución 1972 /90 CGE, Resolución 0836/17 CGE, Circular 17/18 JC ratificada por Circular 7/19 JC, Resolución 111/18 JC, Circular 14/21 JC, Circular 2/22 JC,Resolución N°1280/15 CGE y Circular 18/17 JC.

Declarado sin aspirante el Artículo 80, acto seguido se ofrecerá por Artículo 40 de la Constitución de la provincia de Entre Ríos, con la intervención y autorización de Vocalía del Consejo General de Educación. Se recibirán simultáneamente en la Institución Carpetas y Proyectos de aspirantes a cubrir el espacio por Artículo 40; por el término de 3 días hábiles. Los aspirantes a concursar por Artículo 40 de la Constitución Provincial deberán aclararlo en su Formulario de Inscripción (FI)

Primer llamado por el término de 3días hábiles desde el 28 al 30 de marzo,correspondientes a

 

Profesorado de Educación Tecnológica y Profesorado de Educación Secundaria en Química

 

 

12 horas – “Coordinación de Prácticas Profesional Docente” – STF –

Horario a acordar con la institución -Resolución 3266/11- PERFIL

Profesor en Ciencias de la Educación u homólogos.Desempeño no inferior a 2(dos) años académicos en espacios y/o unidades curriculares de Práctica y Residencia.-

Contar con una antigüedad de 4(cuatro) años en el Nivel Superior.

 

La Escuela de Educación Técnica y Superior N°1 a través de la Coordinación se plantea acompañar a la Práctica Profesional Docente en sus distintos niveles, además de ser la unidad responsable de articular y coordinar las acciones del Equipo docente de la/s carrera/s y la construcción de vinculaciones con las escuelas asociadas, instituciones y los sectores socio productivos del territorio del instituto, con vistas a la trayectoria formativa de los estudiantes.

Funciones:según Resolución 4789/15 CGE, Capítulo II:

Artículo 37: la Coordinación del campo de la formación en la Práctica Profesional Docente será la responsable de articular y coordinar las acciones del equipo docente de la carrera y la construcción de vinculaciones con las escuelas asociadas, instituciones y los sectores socio productivos del instituto, con vistas a la trayectoria formativa de los estudiantes.

Artículo 38. Son responsabilidades de la coordinación, además de las planteadas en la Resolución Nº 3266/11 CGE, las siguientes:

  1. Asegurar el cumplimiento de la política educativa vigente, mediante la implementación de una propuesta académica de calidad.
  2. Propiciar, divulgar y defender los valores de una sociedad democrática, basada en la defensa irrestricta de los derechos humanos.
  3. Proponer a la Secretaria Académica los criterios para la organización del trabajo de campo de las prácticas en general y de las unidades curriculares en particular.
  4. Desarrollar encuentros sistemáticos concertados con la Secretaria Académica, el equipo directivo y los profesores del trayecto de las practicas, para la construcción de acuerdos y/o evaluación de los avances de los proyectos convenidos, con los equipos de supervisión de los niveles inicial, primario y secundario, directivos y docentes de las escuelas asociadas y /o representantes de organizaciones vinculadas al Instituto.
  5. Favorecer la aproximación progresiva al campo ocupacional hacia el cual se orienta la formación, facilitando a los estudiantes, instancias, situaciones, problemáticas que permitan la identificación del objeto de la práctica profesional y la del conjunto del proceso tecnológico, científico, culturales, sociales, jurídicos, que se vinculan con las distintas situaciones socioculturales y productivas que se relacionan con un posible desempeño profesional.
  6. Promover la construcción de acuerdos con los docentes a cargo de las distintas unidades curriculares que componen el campo y/o trayecto de la formación en la práctica profesional entorno a los modos de intervención y criterios de evaluación de los estudiantes.
  7. Cumplir la carga horaria según la normativa vigente, en la institución garantizando tiempos y espacios de consulta de colegas y estudiantes y en otros ámbitos para la atención de las responsabilidades que le competen.

 

 Requerimientos Institucionales para Proyectos de Coordinación de Prácticas Profesional Docente

Formato: Papel tamaño A4, Margen Normal, Fuente Arial 12, Interlineado 1,15; Párrafo justificado. –

-Insertar Portada donde conste:

  • Institución
  • Carrera
  • Cargo al que aspira
  • Nivel
  • Horas cátedra por semana
  • Ciclo Lectivo

-Insertar número de página al final de hoja en el extremo derecho, con formato página X de Y.

  • Fundamentación: contempla la articulación de los marcos normativos (Resolución 4789/15 CGE, Capítulo II, Artículo 38) y de la Política Educativa – Documentos y Bibliografía.
  • Objetivos Generales y Específicos
  • Plan de Acción: contiene líneas y estrategias de gestión institucional, acordes a la propuesta de concreción del perfil del egresado expresadas en los Diseños Curriculares (Res 4798/15 CGE y Res 762/15 CGE)
  • Bibliografía: deberá enunciar aquellas más pertinentes al trabajo elaborado
  • Firma del responsable

Los interesados deberán presentar en el Establecimiento sito en calle Quiroga y Taboada 1510, Curriculum Vitae y Carpeta de Antecedentes junto a la ficha de inscripción según Res 2300/12 CGE y Proyectos de 18 a 21 hs.

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