06/10/2021
DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ.-
-SAN MARTÍN 130 – TEL. 03437 – 422378
dde.lp@entrerios.edu.ar– 3190- LA PAZ E.R.
La Paz, Miércoles 06 de Octubre de 2021
Los procedimientos concursales estarán enmarcados en la Resolución 1000/13 y ampliatorias
Importante:
Respetar las medidas de bioseguridad según el protocolo, ingresando con barbijo y elementos sanitizantes.
Concurrir en el horario establecido, evitar el aglomeramiento.
Conocer el orden de mérito y el listado al que pertenecen.
LOS SIGUIENTES CARGOS DE CONDUCCIÓN:
-Director Personal Único, Escuela Nº 38 “Lisandro de la Torre”, desde:06/10/2021 hasta: 20/10/2021
-Director Segunda Categoría, Escuela Nº 111 “Pancho Ramírez”, desde:04/10/2021 hasta:02/11/2021
Maestro de Grado
ESCUELA N.º 78 “Malvinas Argentinas”
TURNO: mañana
DESDE:04/10/2021
HASTA:02/11/2021
POR ARTICULO 12B
ESCUELA N.º 111 “Pancho Ramírez”
TURNO: tarde
DESDE:06/10/2021
HASTA:31/12/2021
POR ARTICULO 9 Resol. 156/21
Maestro de Nivel Inicial – Modalidad Domiciliaria Hospitalaria
ESCUELA N.º 48 “Carlos María Onetti” y Nº 111 ”Pancho Ramírez”
TURNO: mañana
DESDE:25/09/2021
HASTA:04/10/2021
POR ARTICULO 12C
AL QUEDAR DESIERTO EL CARGO POR ARTICULO 80 DEL ESTATUTO DOCENTE ENTRERRIANO
DECRETO LEY N.º 155, SE PROCEDE A CONCURSAR POR ARTICULO 40 DE LA CONSTITUCIÓN ENTRERRIANA:
Artículo 40.
No podrán acumularse en una misma persona dos o más empleos, aunque el uno sea de la Provincia y el otro de la Nación, municipio o comuna con excepción de los del magisterio y los de carácter profesional técnico cuando la escasez del personal haga necesaria la acumulación. Fuera de estos casos, la aceptación del nuevo empleo hace caducar el anterior. Provincia de Entre Ríos.
-PRESENTAR PLANILLA DE INCOMPATIBILIDAD HORARIA.
Maestro de Artes Visuales
ESCUELA N.º 99 “Bartolomé González”
TURNO: rotativo
DESDE:30/09/2021
HASTA:29/10/2021
POR ARTICULO 14
Servicio de sordo y Disminuidos Auditivos
ESCUELA de Educación Integral N.º 23 “Luisa Garnier”
TURNO: rotativo
DESDE: 09/09/2021
HASTA:22/12/2021
POR ARTICULO 16Q
En el caso de no cubrirse el cargo con aspirantes del listado oficial vigente o listado complementario se adjudicará por única vez, por artículo 80 del Estatuto Docente Entrerriano Decreto Ley Nº 155 del 09/05/62 y sus Modificaciones:
Para la organización de la prelación de los presentes se tendrá en cuenta que el aspirante tenga los siguientes requisitos:
-Profesor o Maestro de Sordos e Hipoacúsico
En su defecto:
-Profesor en Educación Especial
-Acreditar, con planilla de SAGE, 2 (dos) años de antigüedad en el nivel o modalidad (Desempate: Art.37 del acuerdo paritario del 04/08/2017 homologado por resolución 1366/18 que modifica la Resolución 1000/13 CGE).-
-Formación con a partir de 200 hs cátedras en Lengua de Señas . Requisito indispensable Carpeta de antecedentes.
En su defecto
-Profesor en Educación Especial
-1 año de desempeño en la Modalidad de Educación Especial
-Formación con a partir de 200hs en Lengua de Señas. Requisito indispensable Carpeta de antecedentes