14/09/2021
La Escuela Secundaria y Superior Nº 8 “Celestino I. Marcó”, llama a Inscripción para conformar el Registro Provincial de Evaluadores según lo establecido por Resolución Nº 2704/21 CGE Nivel Superior.
Las carpetas se recibirán desde el 14 al 27 de septiembre de 2021 de 19:20 a 22:30 hs en la Secretaría del Establecimiento. Los requisitos de Inscripción se detallan a continuación.
Requisitos (Resoluciones 2834/09 CGE; 2910/13 CGE; Resolución 2314/15 CGE)
– Poseer título de Profesor/a o Licenciado/a, en cualquier disciplina, no inferior a cuatro (4) años de duración o de Profesor/a Superior o Licenciado/a (Excluyente).
– Contar con una antigüedad docente no inferior a cinco (5) años en el Nivel Superior en Instituciones dependientes de la Dirección de Educación Superior o Universidades Nacionales o Provinciales (UADER) (Excluyente).
-Contar con Especializaciones, Maestrías, Posgrados o Postítulos aprobados en el campo de su especialidad o en el campo pedagógico didáctico.
– Desempeñarse o haberse desempeñado en cargos directivos en Institutos de Formación Docente o Institutos Superiores Técnicos de Gestión Estatal o Universidades Nacionales o Provinciales.
– Contar con producciones académicas: publicaciones en revistas especializadas, trabajos de investigación presentados en congresos o seminarios, etc. (Adjuntar copia de las mismas).
– Integrar o haber integrado Consejos Directivos, Consejos Consultivos o Consejos Académicos.
– Desempeñarse o haber desempeñado funciones de evaluador en dispositivos concursales, de oposición o capacitación, en algún nivel del sistema educativo.
-Haber participado en equipos/comisiones de análisis y producciones de documentos relacionados en el área pedagógico en algún nivel del sistema educativo.
– Poseer actualización y/o especialización en evaluación y/o gestión educativa.
-Contar con capacitación en Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Nota 1: Los docentes que ya se encuentren incorporados en el Registro Provincial de Evaluadores por Resolución N°0503/21 CGE deberán elevar como única documentación la “Ficha de Inscripción al Registro Provincial de Evaluadores”, al solo efecto de ratificar su incorporación (Art. 2 Res. 2704/21 CGE)
Nota 2: Los aspirantes deberán cumplimentar con un mínimo de cuatro (04) de los términos de referencia establecidos. RES.2834/09.CGE.
Nota 3: Los docentes con sanciones dictaminadas por Resolución del Consejo General de Educación en los últimos tres (3) años quedarán exentos de integrar el Registro Provincial de Evaluadores, hasta tanto se cumplimente el período de tres (3) años siguientes, a partir de la emisión de la Resolución que dictamine dicha sanción. (Art. 1-Resolución 2314/15 CGE)
Nota 4: Los docentes que no cumplimenten con la Resolución N° 0836/17 CGE y Resolución N°111/18 quedarán automáticamente fuera del Registro Provincial de Evaluadores (Art. 5 – Res. 2704/21 CGE)
LOS ASPIRANTES DEBERÁN ORDENAR SU CARPETA DE ANTECEDENTES DE ACUERDO CON EL ORDEN EN QUE APARECEN LOS REQUISITOS Y PRESENTAR LAS RESPECTIVAS CERTIFICACIONES DE LOS MISMOS DEBIDAMENTE AUTENTICADAS.