14/10/2020
VISTO
La necesidad de designación transitoria y excepcional para cubrir el Cargo de Rector del Instituto de Formación Docente Santa Elena Departamento La Paz y
CONSIDERANDO
Que atento a las impugnaciones presentadas, este organismo emite dictamen por mayoría de firmas.
Que en ese dictamen se resuelve dejar sin efecto el procedimiento de designación transitoria y excepcional por parte de la Dirección Departamental de Escuelas al Cargo de Rector del Instituto Santa Elena, cuyos fundamentos están esgrimidos en el mismo.
Que la Profesora Gamarra, Alba María 20623406 con fecha 1 de octubre del 2020 se acoge a los beneficios de la jubilación
Que resulta indispensable adjudicar el cargo de rector del IESSE.
Que Jurado de Concursos de Nivel Superior procede a la intervención para la designación en forma transitoria y excepcional en el cargo de rector del Instituto Santa Elena.
Que con fecha 5 de octubre, la Dirección Departamental de Escuelas envía a través del correo oficial listado elaborado con antigüedades docentes del IESSE al 11/08/2020, de aquellos docentes que estarían en condiciones para ser evaluados y designados en forma condicional y transitoria, el mismo está firmado al pie por la rectora Alba María Gamarra que aún se encontraba en funciones.
POR ELLO
JURADO DE CONCURSOS DE NIVEL SUPERIOR RESUELVE
Elaborar el orden de prelación de acuerdo a lo estipulado en la Resolución 0898/20 CGE Anexo III Punto 2.2 inc. b) punto 2 y ofrecer el cargo de Rector de IESSE de forma excepcional y transitoria teniendo en cuenta el siguiente orden de prelación.
1° Gamarra, Claudio Francisco DNI 21424219
2° Suárez Pablo Daniel DNI 22499925
3° Aloy, Pablo Matías DNI 24774006
De no ser aceptada la designación transitoria y excepcional por ninguno de los tres aspirantes que constan en el presente, se deberá informar inmediatamente a Jurado de Concursos para que este organismo proceda a continuar con las evaluaciones del resto de los docentes de la Institución.
Se reitera que la adjudicación del cargo en cuestión es en el marco de las Resoluciones excepcionales 898/20 CGE y 987/20 CGE por lo que una vez finalizada la situación de ASPO, se deberá regularizar la situación.
Notificar a la Dirección Departamental de Escuelas La Paz, Instituto Santa Elena y docentes involucrados.