CGE

Licencia Gremial

¿Qué es?

Este tipo de licencia, prevista en el artículo Articulo 3° del Decreto N°
1318/96 M.G.J.E, se vincula a aquellos/as docentes y auxiliares de educación que fueron elegidos o designados para desempeñar cargos en las Comisiones Directivas de las Asociaciones Sindicales con personería gremial. La misma es otorgada con goce íntegro de haberes y mientras dure el mandato, no debiendo excederse de la proporción de 2 (dos) agentes por cada 1.000 (mil) afiliados de cada entidad gremial comprendida en la normativa vigente.

Requisitos

– Remitir nota de solicitud de licencia Gremial del agente interesado y nota de eleve del Superior directo.
– Presentar documentación que respalde el pedido (Acta de Proclamación y Constancia del Gremio)
– Presentar F.U. completo (docentes)

Contacto

Correo electrónico: da.rrhh.cge@entrerios.edu.ar
dl.rrhh.cge@entrerios.edu.ar

Teleéfonos: (0343) 4209333 Int. 241 (Dpto. Asitencia)
(0343) 4209333 Int. 260 (Dpto. Licencia)
Whatsapp: (343) 155313603

Circuito administrativo

Paso 1

El agente interesado eleva nota de solicitud de licencia gremial y documentación correspondiente al responsable directo o al Establecimiento Educativo y éste lo remitirá a la Dirección Departamental de Escuelas u Organismo Central, según corresponda

Paso 2

Previo pase por Mesa General de Entradas para su caratulado, las actuaciones son remitidas a la Dirección de Recursos Humanos para informe de competencia referido a la situación de revista actualizada. Dicho informe es elevado a la Secretaría General.

Paso 3

La Secretaría General toma intervención, se elevan las actuaciones a Vocalía para consideración. De ser autorizado se remite a la Dirección de Despacho para el dictado de la Norma Legal correspondiente.

Paso 4

La Dirección de Despacho emite la Norma Legal (Resolución) que concede la Licencia Gremial, comunicando a las áreas competentes y notificado al agente interesado.