17/02/2023
La Rectoría de la Escuela Normal Superior “Mariano Moreno”, CUE 3001114, sita en Jordana 50 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Departamento Uruguay, Provincia de Entre Ríos, Convoca a Concurso de Adjudicación de cargos y/u horas cátedras de nivel secundario, en el marco del Acuerdo Paritario/Reglamento de Concursos Resolución Ministerial N° 783/12 M.T. y Resoluciones 1000/13 y 2300/22 CGE.
Instancia: Primera.
Fecha del concurso: miércoles 22 de febrero de 2023.
Horario: 10:00 hs. Cargo: MAESTRO DE CICLO BÁSICO
Curso y división: 1ro. C – CBC Turno: Mañana. Carácter: Suplente. Día y horario: lunes de 07:45 a 09:05 hs, de 09:15 a 10:35 hs, martes de 07:45 a 09:05 hs, de 10:45 a 12:00 hs. miércoles de 09:15 a 10:35 hs, de 10:45 a 12:00 hs. Jueves de 07:45 a 09:05 hs., de 09:15 a 10:35 y de 10:45 a 12:00 hs viernes de 09:15 a 10:35 y de 10:45 a 12:00 hs.
Horario: 10:30 hs. Espacio: IDIOMA EXTRANJERO: INGLÉS
Carga horaria: 03 hs cátedra. Curso y división: 5to.1ra. Orientación: Cs. Sociales Turno: Mañana. Carácter: Suplente. Día y horario: lunes de 07:45 a 09:05 hs y viernes de 09:15 a 09:55 hs.
Horario: 11:00 hs. Espacio: FILOSOFÍA
Carga horaria: 03 hs cátedra. Curso y división: 5to. 1ra. Orientación: Cs. Naturales. Turno: Mañana. Carácter: Suplente. Día y horario: martes de 07:45 a 09:05 hs y jueves de 09:15 a 09:55 hs.
Los aspirantes se deben presentar en el lugar, fecha y horario indicado teniendo en cuenta el Art. 136 de la Res 2300/22 CGE, con credencial de Puntaje, DNI, y si correspondiere, con constancia de personal perteneciente a la casa, solicitada previamente al acto concursal.
Quienes participen sin Credencial de puntaje (inc. c y d) presentan título o constancia de título registrado en la Dirección de Recursos Humanos del CGE junto a la constancia de antigüedad.
En caso de reserva de derechos presentar la solicitud de credencial de puntaje en trámite o nota de reclamo realizado a Jurado de Concursos del CGE con sello de recepción de la misma de fecha anterior a la convocatoria.
En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien deberá presentar el poder que lo avala y D.N.I junto a la documentación solicitada según art. 135 de la Res. 2300/22 CGE