CGE

Asignación prenatal

¿Qué es?

La asignación pre-natal es el pago de una suma equivalente a la asignación por hijo a partir de la fecha en que se declare el estado de embarazo y por el lapso de nueve (9) meses que preceden a la fecha probable de parto. Esta circunstancia debe ser declarada al tercer mes, mediante certificado médico oficial, u oficializado donde se exprese que la beneficiaria se encuentra embarazada, certificación que se repetirá hasta el momento del nacimiento, a los efectos del control del proceso de gestación.

Requisitos

– Para el goce de este beneficio se requerirá una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses en el empleo.
– Presentar nota donde se detallen los datos personales de la solicitante, el establecimiento donde se desempeña y el beneficio pretendido.
– Adjuntar certificado acreditando el estado de embarazo a partir del tercer mes de gestación emitido por un Ente Público detallando todos los datos identificatorios de la persona: apellido y nombres, número de documento, Fecha Probable de Parto (FPP) y semanas de gestación. Si el agente dependiente del Consejo General de Educación es el papá deberá anexar además: Acta de matrimonio; en caso de no estar casados se podrá presentar convivencia por un período igual o mayor a 5 años la que deberá ser expedida por el Juzgado y Certificación Negativa de A.N.S.E.S. de la mamá.

Circuito administrativo

Paso 1

Una vez reunida la documentación, la misma se remite a la Dirección Departamental de Escuelas correspondiente, la cual procede a girar las actuaciones al Departamento Mesa General de Entradas del Organismo para ser posteriormente derivada a la Dirección de Ajuste y Liquidaciones.

Paso 2

La Dirección de Ajuste y Liquidaciones realiza un control de la documentación presentada y procede a la carga en sistema para su posterior liquidación.