CGE

07/06/2022

LLAMADO A CONCURSO NIVEL SECUNDARIO E.S.A. Nº 2 GRAL. RAMIREZ – DIAMANTE

PRIMERA CONVOCATORIA A CONCURSO CARGO DE CONDUCCIÓN DIRECTIVA

La Dirección Departamental de Escuelas de Diamante y la Supervisión de Educación Secundaria Zona IV Departamento Diamante, convoca a concurso de adjudicación de cargo directivo, en el marco del Acuerdo Paritario de Concursos Resolución Ministerial N° 783/12 M.T. (Res. 1000/13 C.G.E).  El mismo se llevará a cabo el día miércoles 8 DE JUNIO de 2022 en la Departamental de Escuelas Diamante, en los siguientes horarios y grupos: TOMA INMEDIATA.

 

 

. Cargo de Conducción Directiva: RECTOR.  Suplente Término Fijo.  3era. Categoría. ESA Nº 2 “30 DE OCTUBRE” de la localidad de General Ramírez. Departamento Diamante.  Conforme al Art. 141° A/P Reglamento de Concursos Resolución Ministerial N° 783/12(Res. 1000 CGE) y sus modificatorias.

Horarios del cargo: TURNO NOCHE: De lunes a miércoles de 18:50 a 23:15 y jueves y viernes de 18:50 a 22:40 horas.

 

 

      *Primera Instancia: a las 12:10: Incisos “a” al “d”.

      *Segunda instancia: a las 12:15hs. Incisos “e” al “f”.

      *Tercera instancia: a las 12:20hs. Incisos “g” y “h”.

      *Cuarta instancia: a las 12:25 hs. Incisos “i” y “j”.

 

 

Los interesados deberán presentarse en el establecimiento educativo cito en calle 25 de Mayo 324 de la localidad de Diamante del departamento Diamante, provincia de Entre Ríos, Argentina; el día miércoles 8 de junio de 2022, según el horario detallado y por agrupamientos (instancias) y respetar las normas establecidas por los Protocolos anti-covid. Deberán presentar credencial de puntaje y DNI y en caso de no poseer credencial de puntaje, título o constancia de título en trámites legalizados y registrados en la Dirección de Recursos Humanos del C.G.E, junto a las constancias de antigüedad y de personal de la casa si así lo fuere y solicitud de credencial de puntaje en trámite para la Reserva de Derecho. En caso de no poder concurrir personalmente, podrá ser representado por un tercero quien deberá presentar el poder que lo avale y D.N.I junto a la documentación solicitada (Res. 783/12 M.T. Res. 1000/13 C.G.E)