CGE

09/08/2021

Llamado a Concurso – Instituto Superior de Formación Docente “Rogelio Leites” – LA PAZ

La Rectoría del Instituto Superior de Formación Docente “Rogelio Leites” de La Paz CONVOCA a Concurso por Resolución Nº 2300/12 ,  Resolución Nº 1471/16 del C.G.E. y RESOLUCIÓN Nº 111/18 JC (presentación de carpeta de antecedentes) por el término de  05  días hábiles a partir del 09/08/2018 hasta el 13/08/2018 inclusive, en el horario de 20:00 a 21:30 Hs., para cubrir en carácter de SUPLENTE TÉRMINO FIJO el siguiente cargo/unidad curricular POR PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y CARPETA DE ANTECEDENTES según la normativa vigente y Disposiciones 01/16 D.E.S. – 01/17 D.E.S. – 07/16 D.E.S. y 4789/15 y Acta Acuerdo de la Comisión Interministerial del 15 de Mayo de 2009.

 

1er.  AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:
COORDINACIÓN DE  PRÁCTICAS

PROFESIONALIZANTES I – 12 HS por comisión- STF-

COMISIONES B-C-D-E

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario

Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

 

2do.  AÑO – TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERIA (RES 620/15 C.G.E.)

UNIDADES CURRICULARES PERFIL: Profesor, Licenciado y o Profesional en:
COORDINACIÓN DE  PRÁCTICAS

PROFESIONALIZANTES II – 12 HS- STF-

COMISIÓN B

Técnico Superior en Enfermería. Enfermero Profesional/Universitario

Enfermero. Licenciado en Enfermería. Médico. Paramédico

 

* Acta Acuerdo Comisión Interministerial 2009.

Términos de referencia:

-Desempeñarse o haberse desempeñado como instructor o docente de la carrera de Enfermería

-Desempeñarse o haberse desempeñado como enfermero en instituciones de Salud del ámbito provincial o nacional.

-Poseer título del campo de la salud inscripto en el Consejo General de Educación.

 

Funciones del Coordinador de Práctica Profesionalizante (Res. 4789/15 CGE art. 37 y art. 38)

 

Artículo 37°.- Coordinación del campo de la formación en la práctica profesional/ Coordinación de las prácticas profesionalizantes. Es la unidad responsable de articular y coordinar las acciones del equipo docente de la/s carrera/s y la construcción de vinculaciones con las escuelas asociadas, instituciones y los sectores socio productivos del territorio del instituto, con vistas a la trayectoria formativa de los estudiantes.

 

Artículo 38°.- Son responsabilidades de la coordinación, además de las planteadas en la Resolución Nº 3266/11 CGE, las siguientes:

 

1.a) Asegurar el cumplimiento de la política educativa vigente, mediante la implementación de una propuesta académica de calidad.

2.b) Propiciar, divulgar y defender los valores de una sociedad democrática, basada en la defensa irrestricta de los Derechos Humanos.

3.c) Proponer a la Secretaría Académica los criterios para la organización del trabajo del campo de las prácticas en general y de las unidades curriculares en particular.

4.d) Desarrollar encuentros sistemáticos, concertados con la Secretaría Académica, el Equipo Directivo y los profesores del trayecto de las Prácticas, para la construcción de acuerdos y/o evaluación de los avances de los proyectos convenidos, con los Equipos de Supervisión de los niveles inicial, primario y secundario, directivos y docentes de las escuelas asociadas y/o representantes de organizaciones vinculadas al Instituto.

5.e) Favorecer la aproximación progresiva al campo ocupacional hacia el cual se orienta la formación, facilitando a los estudiantes, instancias, situaciones, problemáticas que permitan la identificación del objeto de la práctica profesional y la del conjunto de procesos tecnológicos, científicos, culturales, sociales, jurídicos, que se vinculan con las distintas situaciones socioculturales y productivas que se relacionan con un posible desempeño profesional.

6.f) Promover la construcción de acuerdos con los docentes a cargo de las distintas unidades curriculares que componen el campo y/o trayecto de la formación en la práctica profesional en torno a los modos de intervención y criterios de evaluación de los estudiantes.

7.g) Cumplir la carga horaria según la normativa vigente, en la institución garantizando tiempos y espacios de consulta de colegas y estudiantes y en otros ámbitos para la atención de las responsabilidades que le competen.

 

Se debe presentar una Carpeta conteniendo:

 

  • Currículum  Títulos1 y Antecedentes académicos y profesionales actualizados a la fecha( Fotocopias autenticadas y enumeradas)

1 Res 0836/17 CGE: Obligatoriedad del sello de registro de título (o tarjeta) en la copia en la Dirección de Recursos Humanos del CGE, visible en la copia presentada.

  • Legajo completo de SAGE  (se obtiene en opción L.U.P.- SH Servicios de SAGE).  Los directivos de todos los niveles están habilitados para otorgar dicho legajo.

 

 

La recepción de carpetas se realiza de 20:00 a 21:30 de acuerdo al orden de llegada. Las mismas deben estar completas para minimizar los tiempos de recepción cumpliendo con los protocolos vigentes.

Informes e Inscripciones: Echagüe y Berutti (Sede Institucional)