CGE

04/03/2021

Supervisión de Educación Secundaria de Jóvenes y Adultos Zona V Tercera Convocatori

Supervisión de Educación Secundaria de Jóvenes y Adultos Zona V
Tercera Convocatoria: Designación transitoria y excepcional Resolución 0220/20 CGE, sus ampliatorias y art. 141 incisos: a) al j) de la Resolución 1000/13 CGE
Aclaración: agotadas las instancias precedentes, se designará por Competencia de Título. Si se presenta un empate, se resolverá de la siguiente manera:
a) el de mayor antigüedad en el nivel secundario
b) el de mayor antigüedad total en la docencia.
La Supervisión de Educación Secundaria de Jóvenes y Adultos Zona V, llama a designación transitoria según Resolución 0220/20 CGE y art. 141 incisos: a) al j) de la Resolución 1000/13 CGE para cubrir:
Turno noche, cargo de SECRETARIO 3A CAT. ESCUELA SECUNDARIA JOVENES Y ADULTOS EN CONTEXTO DE PRIVACION DE LA LIBERTAD ESJA Nº12 CON DOMICILIO EN DR. CLARK 474 U.P. 4- Concepción del Uruguay –
Horario: lunes a viernes de 17: 30 a 21:30
El docente deberá manifestar su voluntad de participar dentro de las 24 hs. de la publicación, a través de un correo electrónico enviado a jovenesyadultos.s5@entrerios.edu.ar en el que especificará la vacante de su interés, nombre, apellido, DNI, teléfono de contacto e imagen escaneada de: D.N.I., credencial de puntaje vigente, título registrado en C.G.E. o constancia de titulo en trámite, constancia de antigüedad en el nivel y total en la docencia.
El procedimiento se realizará el día viernes 05 de marzo de 2021 a las 10:00 horas. Las autoridades comunicarán el resultado del orden de mérito de inmediato a los participantes de la convocatoria, utilizando el mismo correo electrónico con el que se remitió la solicitud de participar.
La documentación que llegue fuera de ese término no será considerada para el procedimiento de designación. Las designaciones durante el período de contingencia de la pandemia COVID-19 serán de carácter transitorio, de acuerdo a lo estipulado para cada nivel y modalidad en los anexos de la Resolución 0220/20 CGE. Las coberturas serán en el marco del régimen de compatibilidad vigente”