CGE

29/10/2020

Convocatoria designación excepcional transitoria Esc. Secundaria N° 6 Esmeralda Bertelli

Convocatoria a designación excepcional transitoria – Esc. Secundaria N° 6 “ESMERALDA BERTELLI”

“Convocatoria para personal del establecimiento”

La Escuela Secundaria Nº6 “ESMERALDA BERTELLI” de Barrio El Brillante, Dpto. Colón, llama a designación transitoria excepcional según Resolución 898/20 CGE (primer llamado) para cubrir las siguientes horas cátedra de Educación Secundaria y modalidades:

05 Hs. LENGUA Y LITERATURA 1° “A” (MARTES 1600 A 17.20 Y MIERCOLES 1300 A 1340 y 1510 A 1640)
05 Hs. LENGUA Y LITERATURA 2° “A” (LUNES 1600 A 17.20 Y MARTES 1340 a 1550)
05 Hs. LENGUA Y LITERATURA 2° “B” (MARTES 1300 A 1340 Y MIERCOLES 1340 A 1510 Y VIERNES 1300 A 1420)
05 Hs. LENGUA Y LITERATURA 3° “B” (LUNES 1300 A 1510 Y MIERCOLES 1640 A 1720 Y VIERNES1430 A 1510)
05 Hs. LENGUA 4° “A” (LUNES 2030 A 2150 Y MARTES 1730 A 1940)
04 Hs. LITERATURA LATINOAMERICANA 5° “A” (LUNES 1940 A 2020 Y MARTES 1650 A 1850)
04 Hs. LITERATURA LATINOAMERICANA 5° “B” (MARTES 1940 A 2150 Y MIERCOLES 1730 A 1810)
04 Hs. LITERATURA ARGENTINA 6° “A” (LUNES 1730 A 1940 Y JUEVES 1900 A 1940)

El docente deberá manifestar su voluntad de participar dentro de las 24 hs de la publicación, a través de un correo electrónico enviado a; epnm133@hotmail.com en el que especificará la vacante de su interés, nombre, apellido, DNI, teléfono de contacto e imagen escaneada de la credencial de puntaje vigente correspondiente al cargo o espacio a concursar o título docente de competencia.

El procedimiento se realizará el día VIERNES 30 de OCTUBRE a las 12:00 horas y las autoridades del establecimiento comunicarán el resultado del orden de mérito a los participantes de la convocatoria, utilizando el mismo correo electrónico. La documentación que llegue fuera de ese término no será considerada para el procedimiento de designación excepcional.

Las designaciones durante el período de contingencia de la pandemia COVID-19 serán de carácter transitorio, de acuerdo a lo estipulado para cada nivel y modalidad en los anexos de la Resolución 898/20 CGE. Las coberturas serán en el marco del régimen de compatibilidad vigente.