CGE

14/02/2020

Convocatoria: Coberturas de Suplencias de Ascenso

Dirección Departamental de Escuelas de Victoria convoca para cubrir los siguientes cargos: Coberturas de Suplencias de Ascenso: Resolución Nº0230/2020 CGE  las designaciones en Suplencias de Ascenso hasta Director de 1 a Categoría sean a Término Fijo hasta la emisión del listado actualizado de Suplencias de Ascenso( cargos de Ascenso de 10, 20, y 3a categoría, se tendrá en cuenta las prioridades establecidas en el Artículo 111 0 Reglamento de Concursos)Los directivos designados en el marco de la presente Resolución no tendrán continuidad pedagógica.

 

Dirección de 2da Categoría de Jornada Completa  en la Escuela Primaria Nº48 “Nicolás Avellaneda”

 

Vicedireccion de 2da Categoría (NINA) en la Escuela Primaria Nº6 “F. Ameghino”

 

Secretaria de 1er Categoría en la Escuela Primaria Nº1 “F. N de Laprida”

 

Dirección de la Unidad Educativa Nº32 Vaquita de San Antonio “

 

Cobertura excepcional de Suplencias de ingreso, en el marco de la Circular N O 01/2020 CGE.- Considerar continuidades pedagógicas y continuidad de listado a partir del último orden de mérito adjudicado durante 2019.- Estas designaciones cesarán indefectiblemente el 28/02/2020.-

Director de Personal Único Escuela Nº51 “Crisanto Ovejero”  Distrito  Hinojal del Dpto. Victoria.-

 

Dos  Cargos de  Maestro de Grado Jornada Completa en la Escuela Nº48 “ N Avellaneda”

 

Un cargo Maestro de Grado Jornada Completa en la Escuela Nº47 “B Rivadavia”

 

La misma se realizará en la sede de la Dirección Departamental de Escuelas sita en calle Maipú Nº141 el día Lunes 17 de Febrero  del corriente a las 10:30 hs. de acuerdo a los Listados Oficial y Complementario vigentes. Se establece que toda necesidad de cobertura de un cargo inicial originada por el movimiento hacia un cargo de ascenso publicado se cubrirá en el mismo acto concursal. Los interesados deberán presentarse con el Documento Nacional de Identidad actualizado. Se invita a los representantes gremiales a participar del mismo. En caso de no presentarse aspirantes se cubrirá aplicando el Art.40º de la Constitución Provincial.-